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Código de Faltas Artículo 68 bis Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código de Faltas Chaco
Artículo 68 bis.

Malos tratos contra el personal de la salud. Serán sancionadas con arresto de hasta treinta (30) días o multa equivalente en efectivo de hasta dos (2) salarios, mínimo vital y móvil o la realización de trabajos comunitarios durante los fines de semana, por el plazo y con el alcance que en cada caso se determine entre el mínimo de un mes y el máximo de cuatro meses, las personas que ocasionen o sometan a un trabajador de la salud, sea profesional o no y el hecho tenga lugar dentro del establecimiento donde se desempeña, sea público o privado, o fuera de él, siempre que la conducta este motivada en razón de su tarea, función o cargo; a malos tratos u hostigamientos físicos o psíquicos, menosprecios, perturbación emocional o intelectual o ejerza actos de violencia física y/o verbal y/o atentados contra el honor o imagen realizados por cualquier medio, siempre que la conducta no encuadre dentro de las normas del Código Penal.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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